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Suspensión de alquiler no supone exoneración de pagos

Mayo 19 de 2020

Debido al impacto económico del COVID-19, por decreto ejecutivo publicado en la Gaceta Oficial N° 41.852, hasta el 1º de Septiembre se suspende el pago de los cánones de arrendamiento de viviendas principales, pero no se trata de una exoneración, sino de una medida temporal, que supone una acumulación de deuda.

Según la abogada Mónica Fernández, la medida se resume en los siguientes aspectos:

    Sólo se suspenden los pagos de viviendas y se considera vivienda a todo espacio permanente donde se habita. SUNAVI es el ente regulador de vivienda.
    La suspensión es hasta el 1º de septiembre, pero este plazo puede ser modificado.
    Se sugiere reestructurar o financiar pagos, de común acuerdo entre arrendatarios y arrendadores. El pago de la deuda acumulada durante la suspensión, no podrá ser exigido totalmente al término del período de suspensión, sino que debe definirse un plazo para la cancelación de la misma.
    Se podrán establecer pagos graduales o progresivos por porcentajes a convenir, hasta alcanzar el pago total del monto acumulado durante la suspensión. Puede comenzarse por 10% sobre las cuotas regulares e ir incrementado porcentualmente hasta la extinción de la deuda.
    Se pueden establecer como modalidad posterior, pagos de doble mensualidad hasta cubrir el total de la deuda.
    El uso del depósito como parte de pago, es una modalidad sugerida.
    Se recomienda la modalidad de pago por cuotas especiales variando monto y tiempos (más pagos, mensual, bimensual, trimestral).
    Se resolverán las  discrepancias ante la SUNAVI.
    Los contratos que se hagan durante y con motivo de la suspensión, deben ser consignados ante SUNAVI.
    Las partes pueden acordar sus propias formas de pago.
    Se suspenden los desalojos durante los meses de la suspensión.
    En caso de desalojo arbitrario, la policía es competente para actuar de forma inmediata.
    Toda modalidad de pago es sin intereses ni penalidades.

http://www.bancaynegocios.com/suspension-de-canones-de-arrendamiento-estara-vigente-hasta-septiembre/

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